Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No procede respecto a proyectos de ponencia que se encuentran sujetos a la reserva legal y a la deliberación de la Sala Plena
- Carácter excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La demandante solicitó adoptar una medida cautelar en los procesos de la referencia y, en consecuencia, ordenar al Ministerio de Salud la suspensión de las prácticas legales de interrupción voluntaria del embarazo, hasta que sean notificadas oficialmente las sentencias que la Corporación profiera dentro de estos procesos de constitucionalidad.
También pidió la declaratoria de nulidad del proyecto de sentencia que se registró dentro de los mismos expedientes, en su parecer, por violación manifiesta del debido proceso, por incurrir en vía de hecho y violación del principio de congruencia.
Se RECHAZAN, por improcedentes, las peticiones de medida provisional y nulidad formuladas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR POR IMPROCEDENTE la solicitud de medida provisional o cautelar formulada por la ciudadana Natalia Bernal Cano, en el marco de las demandas contra (i) el artículo 122 del Código Penal, identificada con el expediente D-13255; y (ii) los artículos 90, 91 y 93 del Código Civil, identificada con el expediente D-13225.
- SEGUNDO. RECHAZAR POR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad presentada por la ciudadana Natalia Bernal Cano, en el marco de las demandas contra (i) el artículo 122 del Código Penal, identificada con el expediente D-13255; y (ii) los artículos 90, 91 y 93 del Código Civil, identificada con el expediente D-13225.
- TERCERO. INFORMAR a la ciudadana Natalia Bernal Cano que contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.